• Diferencia entre delito y falta de lesiones

    Para diferenciar el delito de la falta, hay que distinguir entre:

    Primera asistencia y tratamiento médico o quirúrgico

    Asistencia: Ayuda que se presta a quien tiene algún problema, se queja o le duele de algo, sin que ello exija necesaria la adopción de ninguna medida curativa                                                      

    Tratamiento: Conjunto sistemático de actos realizados en el transcurso del tiempo con finalidad únicamente curativa. La circular de la Fiscalía del Estado 2/1990 indica que todos los actos, aun curativos, fijados o practicados en dicha primera asistencia, forman parte de ella y no constituyen un tratamiento médico o diferenciado

    La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considera tratamiento médico

    Aunque la lesión pueda no ser tratada por profesional sanitario, debe de ser de tal entidad que requiera de una intervención sanitaria profesional.

    FALTA

    617.1: menoscabo de la salud + una primera asistencia facultativa

    617.2:  el que maltratare a otro sin causarle lesión

    DELITO:

    147.1: menoscabo de la salud + primera asistencia facultativa + tratamiento médico o quirúrgico

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  • Delito de Lesiones